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Gobierno apoya feriado del 16 de septiembre: ¿Quiénes deberán trabajar?

Con el apoyo que anunció el Gobierno, el posible feriado de este 16 de septiembre cada vez se hace más posible.

Feriado 16 de septiembre
Getty Images

El Gobierno de Gabriel Boric oficialmente anunció su apoyo a un posible feriado para este 16 de septiembre. Esto, debido a que las Fiestas Patrias de este 2022 caen en pleno fin de semana, dejando menos días libres para la celebración nacional.

Esto ha generado un intenso debate, en especial considerando cómo las anteriores festividades se vieron afectadas por la pandemia. Sin embargo, con el apoyo del Gobierno, esta propuesta esta más cerca de concretarse. 

¿Qué pasa con el feriado del 16 de septiembre?

Aunque aún no termina julio, muchos chilenos ya están pensando en las Fiestas Patrias. Una mirada al calendario y te derás cuenta que este año solo habrán tres días de celebración, con el 18 de septiembre cayendo un día domingo. 

Por esto, se presentó una iniciativa para que el Gobierno declare como feriado el 16 de septiembre, que este año cae un viernes, alargando así las festividades. Esta moción ya recibió el respaldo de la Sala de la Cámara y ahora respondió el Ejecutivo. 

Vocería de Gobierno
Vocería de Gobierno

"Vamos a respaldar el 16 de septiembre como feriado, prontamente vamos a ingresar el proyecto", señaló la ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo. "Consideramos que una iniciativa que cuenta no solamente con el respaldo del Congreso sino también con la ciudadanía", añadió.

De ser ingresado el proyecto, los feriados irrenunciables para septiembre serían el 16, 18 y 19, sumándose el sábado libre para algunos. Así, las Fiestas Patrias 2022 podrían contar al menos con cuatro días para celebrar.

¿Quiénes deberán trabajar?

Pese a que podría ser feriado, hay algunos que de todas formas deberán trabar el 16 de septiembre. Y es que, como en cada feriado irrenunciable, hay algunos trabajadores y trabajadoras que deben cumplir turnos. Estos son:

  • Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados).
  • Hoteles, restaurantes y clubes. 
  • Bencineras y tiendas de conveniencia adheridas al recinto, solo si en el establecimiento se preparan alimentos para consumo directo en el local.
  • Farmacias de urgencia y que deben cumplir turnos fijados por la Autoridad Sanitaria o Seremi de Salud.

 


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