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Ley "Papito Corazón" entra en vigencia: ¿Qué significa y cómo funciona?

La Ley Papito Corazón busca darle respuesta a los hijos e hijas de deudores, una problemática que representa deudas de 80 mil millones.

Ley Papito Corazon
Agencia Uno

Esta semana entró en vigencia a Ley de Responsabilidad Parental, también conocida como Ley Papito Corazón. Una ley que establece un mecanismo de pago permanente como respuesta a las deudas de pensión de alimentos. Así, se busca solucionar una problemática que lleva años en nuestro país y busca ayudar a los hijos del deudor o la deudora. 

Para comprender los alcances de esta ley y cómo funciona, Un País Generoso conversó con la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana. En la ocasión, nos explicó los puntos más importantes de esta ley. 

¿Cómo funciona la Ley Papito Corazón?

"9 de cada 10 casos, quienes demandan por pensión de alimentos son mujeres. Tenemos una cifra estimada de 600 mil solicitudes de liquidación de deuda de pensión de alimentos", comienza la ministra Antonia Orellana sobre el diagnóstico actual que se tiene de los deudores.

Esto se traduce en una deuda de $775 millones de dólares. Este es el panorama que viene a enfrentar la Ley Papito Corazón, que aplica un mecanismo de pago permanente ante las deudas de pensión. Así, se busca dar una respuesta a esta problemática que afecta a miles de familias. 

"En el registro hay un 3% de deudoras, la ley no establece restricción. Pero no podemos negar la realidad que 9 de cada 10 demandantes son mujeres", señala la ministra sobre cómo estas deudas afectas principalmente a las mujeres con cargas familiares. 

Sobre el funcionamiento de la Ley de Responsabilidad Parental, señala que le da la facultad de que el tribunal pueda ordenar directamente el pago de una cuenta a otra. Además, le entrega al Estado la responsabilidad de reunir los antecedentes financiaros. 

Presentación de la Ley de Responsabilidad Parental

¿Cómo se accede al mecanismo de la Ley Papito Corazón? La ministra aclara que es un pago efectivo pero no automático. Es decir, en cada etapa se entrega la posibilidad de un acuerdo de pago serio y suficiente que sea aceptado por la otra parte. 

Los pasos son: 

  • Tener demanda por pensión de alimentos y un monto fijado por un tribunal. No sirve para acuerdos de palabra.
  • Después de un mes impago, dependiendo de cada caso, se puede solicitar la liquidación de la deuda a través del poder judicial. 
  • Detectar y congelar las cuentas del deudor.
  • Si no hay dinero en las cuentas, se puede retirar en las cuentas AFP del deudor o deudora. Sin embargo, hay límites dependiendo de la edad del deudor.
  • En caso de que estas deudas no se paguen, se puede aplicar la detención del deudor o deudora. 


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