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Segunda Vuelta Presidencial: Las multa y sanciones a los que fotografían el voto

Al igual que en las pasadas elecciones, en esta Segunda Vuelta Presidencial se podría multar a aquellos que fotografíen su voto.

Segunda Vuelta voto
Agencia Uno

Oficialmente ya se dio inicio a la Segunda Vuelta Presidencial 2021, donde miles de chilenos y chilenas emitirán su derecho a voto. Sin embargo, con los derechos también vienen las responsabilidades para el correcto funcionamiento del proceso. 

El Servicio Electoral (Servel) informó las acciones que están prohibidos y que arriesgan multas si es que se realizan en esta Segunda Vuelta Presidencial. Dentro de estas, está una ya conocida pero que suele repetirse: Fotografiar el voto. 

¿Qué pasa si fotografío el voto?

Según se estipula por ley, está estrictamente prohibido el fotografiar el voto en esta Segunda Vuelta Presidencial y en cualquier proceso democrático de este estilo. ¿La razón? Podría ser considerado hasta cohecho e influencia fuera de plazo el publicar por quién se vota.

Aquellos que fotografíen su voto arriesgan una sanción que va de presidio menor en su grado medio,  lo que se traduce en unos 541 días hasta tres años de cárcel. Además, se contempla una multa que oscila entre los 10 a los 50 UTM. Esto se traducen en más de $500 mil pesos. 

Así lo deja estipulado la Ley Orgánica Constitucional Sobre Votaciones Populares y Escrutinios (Ley 18.700) que es bastante estricta sobre quienes incumplan esta medida. Según se señala, se multará a aquellos que sean «sorprendidos empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de su preferencia al momento de sufragar».  

Fotografiar el voto es solo una de las acciones que puede ser sancionada durante la Segunda Vuelta Presidencial. Según Servel, también hay multas y/o sanciones a quienes vayan a votar con elementos que hagan propagando política fuera de la fecha.

Para asegurar que el proceso se realiza de la manera correcta, los y las apoderadas de mesa podrán ayudar a la mesa de vocales, pero sin influir directamente en el proceso. Es decir, estos pueden denunciar irregularidades, pero no actuar directamente.


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