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Elecciones: Feriado irrenunciable rige solo para el comercio este sábado 15 y domingo 16 de mayo

Ambos días serán feriados irrenunciables pero solo para el comercio. ¿Cómo funcionará? Aquí te dejamos todos los detalles.

comercio elecciones

Este fin de semana se realizarán las elecciones municipales, regionales y de convencionales constituyentes. Con el fin de facilitar la participación ciudadana en este proceso, el Gobierno promulgó la ley 19.973. Esta establece como feriados irrenunciables SOLO PARA el comercio ambos días de elecciones que se realizarán este sábado 15 y domingo 16 de mayo.

De acuerdo a lo que confirmó la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), el Ejecutivo ya aprobó la normativa que establece feriado irrenunciable en las elecciones. Esta había  pasado en horas de la mañana de este martes a la toma de razón de la Contraloría General de la República. Por ello, la normativa se publicará en el Diario Oficial a más tardar este jueves.

Tanto la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y parlamentarios de oposición, estaban presionando al Gobierno para que promulgara esta iniciativa. Esta había se despachó desde el Congreso el pasado jueves 6 de mayo.

Asimismo, la firma del Presidente se dio en el contexto del amplio rechazo por parte de los empresarios. Esto por la medida que obligará a que los centros comerciales estén cerrados ambos días por las elecciones. Lo cual incluso los llevó a recurrir a la justicia.

¿Cómo funcionarán los comercios en estas elecciones?

Ambos días (sábado 15 y domingo 16 de mayo) serán feriados irrenunciables. Por esto, se generará un efecto directo en el funcionamiento del establecimientos durante este fin de semana. De acuerdo a la ley que se publicará, será obligatorio el cierre para todos los comercios. Entre estos supermercados y centros comerciales, y además se sumará a la Ley Seca.

Sin embargo, las únicas excepciones que habrá durante este fin de semana será para los trabajadores de expendios de combustible, farmacias de urgencia. Asimismo, las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria ante la pandemia por el COVID-19. También, en este fin de semana de elecciones con feriado irrenunciable, podrán abrir los locales que los atienden sus propios dueños.

¿Cuáles son las sanciones por incumplir esta normativa?

Los trabajadores que deban cumplir sus labores entre este sábado y domingo de elecciones, tendrán un periodo de dos horas para poder efectuar su sufragio. Si ocurre que el empleador se niega a esto, se deberá realizar la respectiva denuncia. Esto en la Inspección del Trabajo y el Juzgado de Policía Local.

Estas multas van desde 1 UTM hasta 20 UTM dependiendo de los trabajadores que resulten afectados.

- Entre 1 y 49 empleados afectados: la multa será de 5 UTM ($258.990) para la empresa.

- Si son entre 50 a 199 empleados: la multa será de 10 UTM ($517.980).

- Entre 200 o más empleados: la multa asciende a 20 UTM ($1.035.960).