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¿Cómo funcionará el comercio este 1 de mayo?: Conoce qué abre y los horarios en este feriado del Día del Trabajador

Este viernes 1 de mayo es feriado irrenunciable, provocando el cierre de múltiples áreas del comercio. Conoce cuáles.

Agencia Uno

Esta semana se espera un ansiado fin de semana largo gracias al feriado del 1 de mayo por el Día del Trabajador.

De esta manera, este viernes se obtendrá el segundo fin de semana largo en lo que va de este 2026 y, también, el segundo feriado irrenunciable de los cinco que tiene Chile.

En este sentido, el hecho de que se vuelva irrenunciable provoca cambios en la apertura de establecimientos y en el horario de funcionamiento del comercio.

¿Cómo funcionará el comercio este feriado?

Este Día del Trabajador habrán alteraciones en los horarios habituales de semana de diferentes lugares y algunos derechamente no abrirán.

Dentro de los establecimientos que están habilitados para funcionar en un feriado irrenunciable, según la Dirección del Trabajo, se encuentran:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (bencineras).
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.

Todo lo anterior está de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la ley 19.973.

En esta misma línea, los malls y supermercados, por ejemplo, no tendrán sus puertas abiertas al público.

Así, los días que son feriado obligatorio e irrenunciable son el 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año.

Asimismo, se debe destacar que estas medidas no solo aplican al mismo feriado, sino que inician antes.

La regla de este 1 de mayo comienza a contar desde las 21:00 horas del día anterior al festivo, es decir, jueves 30 de abril, y termina a las 6:00 de la mañana del día siguiente, o sea, sábado 2 de mayo.


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