
La semana pasada, la Corte Suprema confirmó la clausura definitiva de Embotelladora Metropolitana S.A. Esta decisión llegó tras la denuncia de que la empresa comercializaba agua embotellada con presencia de coliformes fecales.
La embotelladora intentó frenar las medidas mediante un recurso de protección, pero el supremo tribunal rechazó sus alegaciones. Así, la Tercera Sala de la Corte Suprema determinó que la autoridad sanitaria actuó dentro de sus facultades legales y justificó la clausura, decomiso de mercaderías, recall (retiro de productos de supermercados y locales comerciales) y retención de la producción de la planta.
“La gravedad del riesgo para la salud pública está plenamente acreditada”, señaló el fallo de la Corte Suprema.
Cierran embotelladora por coliformes fecales
El caso se origina en octubre de 2023, cuando una denuncia en un supermercado de la región de Los Ríos alertó sobre agua embotellada con un olor desagradable. Tras una fiscalización, se constató que el producto provenía de la Embotelladora Metropolitana. Esto derivó en una investigación que reveló las infracciones sanitarias.
Los fiscalizadores detectaron que la embotelladora operaba sin autorización sanitaria para su sistema de agua potable ni para su alcantarillado. Además, los puntos de captación de agua estaban en condiciones deplorables. Uno estaba inoperativo, otro sellado con hormigón y un tercero ubicado en una propiedad ajena, completamente seco y en desuso.
Posteriormente, los informes de laboratorio constataron que en todos los análisis realizados, el agua embotellada por la empresa contenía coliformes fecales por sobre los niveles permitidos.
Cabe destacar que Embotelladora Metropolitana S.A comercializó marcas como las cervezas Volcanes del Sur (hasta 2022), Antillanca, y bebidas como Ironade, Kids by Liv, #Elong, Cyro y otras según VLN.
Qué dijo la Corte Suprema
La embotelladora presentó un recurso de protección, diciendo que las sanciones eran arbitrarias y desproporcionadas, y que significaban el cierre definitivo de su planta sin que sus permisos sectoriales fueran revocados. Y aunque la Corte de Apelaciones de Talca acogió parcialmente el recurso, dejando sin efecto el recall de productos, la Corte Suprema revocó esa decisión.
“Las medidas preventivas están plenamente justificadas por la falta de autorizaciones y por la contaminación de los productos comercializados" señaló la Suprema en su fallo. Además, el dictamen destacó que el agua embotellada no provenía de fuentes de agua mineral, sino de pozos sin la certificación correspondiente, lo que aumenta los riesgo a la salud de los consumidores.
Tras esto, la Embotelladora Metropolitana S.A. queda sin opciones legales para revertir las sanciones. La clausura de la planta y la retención de su producción marcan el fin de sus operaciones.