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IFE Laboral: ¿Cuándo puedo postular al beneficio de agosto?

El aporte estatal viene en directa ayuda de los trabajadores que hayan iniciado un contrato de trabajo el mes anterior

IFE Laboral
Agencia Uno

El beneficio estatal es un incentivo para trabajadores y trabajadoras que no excedan los tres ingresos mínimos mensuales.

El IFE Laboral es uno de los beneficios entregados por el Estado para ir en directa ayuda de quienes inician un nuevo contrato de trabajo.

Uno de sus principales fines es mejorar la relación laboral iniciada entre quién emplea y el empleado. El IFE Laboral de agosto contempla un monto de $300 mil, según las últimas actualizaciones que se han llevado a cabo.

Cabe recordar que el beneficio tendrá una extensión hasta diciembre próximo, por lo que las personas podrán postular hasta el próximo mes de septiembre.

¿Quiénes pueden acceder?

El aporte directo hacia los y las trabajadores, va destinado a aquellos que no excedan los 3 Ingresos Mínimos Mensuales. Que hoy en día se traduce en aproximadamente $1.140.000.

¿Cuáles son los montos que podrán obtener?

Actualmente existen diferencias en los montos asignados, y variarán de acuerdo a la Remuneración Bruta Mensual. A continuación un detalle de cada uno:

Hombres entre 24 y 55 años:

  • Hasta junio del 2022, obtendrán el 50% de la Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000
  • El periodo entre julio a septiembre del 2022, corresponderá al 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000.

Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, asignatarios de pensión de invalidez y personas con discapacidad:

  • Hasta junio 2022, un 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible con tope de 250.000 mensuales.
  • Entre julio a septiembre, un 60% de la Remuneración Bruta Mensual imponible con tope de $300.000

¿Cuándo puedo postular?

Desde hoy, 01 de agosto puedes iniciar la postulación al IFE Laboral de agosto. Solo debes hacer click en la siguiente página y cumplir con algunos de los requisitos. A continuación algunos:

  • Haber estado cesante todo el mes anterior a haber firmado el nuevo contrato.
  • No exceder los 3 Ingresos Mínimos Mensuales. Cuando este aumente a los $400.000, las personas trabajadoras tendrán que recibir una suma igual o menor a $1.200.000.

Podrán hacerlo, además, quienes hayan firmado un nuevo contrato entre el 01 de julio y 31 de agosto.


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