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¿Cómo funcionará el comercio y supermercados en la Segunda Vuelta Presidencial?

La Dirección del Trabajo especificó la normativa respecto del comercio en estas Elecciones Presidenciales 2021.

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Agencia Uno

Este domingo 19 de diciembre se realizará la Segunda Vuelta Presidencial de los comicios en donde los chilenos deberán elegir a un nuevo Presidente de la República. Los que se disputarán el cargo, serán el abanderado de Apruebo Dignidad, Gabriel Boric; y José Antonio Kast, del Frente Social Cristiano; y frente a ello, cabe recordar cómo funcionará el comercio en el país.

¿Cómo funcionarán los supermercados y el comercio en la Segunda Vuelta Presidencial?

La Dirección del Trabajo, recordó la normativa que rige respecto del comercio cuando hay un día de elecciones en el país. De acuerdo a la norma legal vigente, será día feriado obligatorio e irrenunciable para los siguientes trabajadores. Ya sean de malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales administrados por una razón social o personalidad jurídica.

Este día feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 18 de diciembre y finalizará a las 6:00 AM del lunes 20 de diciembre.

Sin embargo, quienes quedarán exceptuados de esta norma serán los que trabajan en otros tipos de comercio. Tales como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales atendidos por su mismo dueño. Por lo que estos tendrán un funcionamiento normal.

Asimismo, podrán trabajar el día de la Segunda Vuelta Presidencial los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Cabe destacar que, según la Dirección del Trabajo, se debe respetar el derecho a sufragio de los trabajadores que deban trabajar este domingo. Lo mismo con el feriado obligatorio e irrenunciable a los comercios que les toca a sus respectivos trabajadores.

Para que esto se cumpla, el organismo habilitó un canal de denuncias. Este a través del número 600 450 4000 entre las 9:00 y las 14:00 horas del domingo 19 de diciembre.

Tales sanciones pueden llegar a entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, de $162.513 a $3.250.260, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

Asimismo, deben tener permiso los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.


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