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Diputados aprueban ley antisaqueos y pasa a votación en el Senado

Te entregamos las 6 definiciones de "sanción" de proyecto de ley que tipifica como delito de alteración de la paz pública mediante actos de violencia.

María Ignacia Inostroza |

saqueos

Este miércoles 4 de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó en general y en particular el proyecto de ley antisaqueos, que tipifica como delito de alteración de la paz pública mediante actos de violencia.

La iniciativa fue ratificada en general por 127 votos a favor, 7 en contra y 13 abstenciones. En tanto que su articulado fue votado prácticamente norma por norma, aprobándose casi la totalidad del texto propuesto por la Comisión de Seguridad Ciudadana.

De acuerdo a la especificación del proyecto de ley publicado por camara.cl, se establece como sanción el acto en que, valiéndose de una manifestación o reunión pública, se tome parte violenta y activamente en un hecho constitutivo de desorden público. Dicha acción será sancionada con reclusión menor en su grado medio a máximo, esto es, desde 541 días a 5 años.

ley antisaqueos

En base a lo anterior, entenderá por desorden público las siguientes situaciones:

1. Paralizar o interrumpir algún servicio público de primera necesidad, entendiéndose por tales los servicios de transportes, hospitalarios, de emergencia, de electricidad, de combustible, de agua potable y de comunicaciones, afectando gravemente su funcionamiento.

2. Ejecutar actos de violencia peligrosos para la vida o la integridad física de las personas mediante el lanzamiento de elementos contundentes, cortantes, punzantes u otros elementos aptos para esos fines.

3. Destruir, en todo o en parte relevante, una vivienda, un establecimiento comercial o industrial, una oficina pública o privada, uno o más vehículos motorizados o la irrogación de daño a bienes de reconocida importancia científica, religiosa o social.

4. Incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos.

5. Impedir o dificultar la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas.

6. Cuando se ocupen o usurpen bienes inmuebles de carácter industrial, comercial o agrícola, sean estos públicos o privados.

El proyecto también indica que se aplicará siempre el grado máximo de la pena dispuesta para este caso cuando los partícipes hayan actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o más personas.

Puedes leer el detalle completo del proyecto de ley aquí:

Ahora la moción pasará a votación en el Senado para continuar con el proceso.

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